Normativa › Aragón › Artículo 29
Artículo 29 (Aragón)
CAPÍTULO VII · De la Oferta de Empleo Público y selección de personal
La selección del personal interino se realizará mediante valoración de méritos y, en su caso, superación de pruebas objetivas, en convocatoria pública de libre concurrencia.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/03/1991). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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